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Registro
informatizado de inhabilitados por quiebra. La Inspección General de
Justicia creó el "Libro de Personas Inhabilitadas por Quiebra" en
el que se registrará la información recibida a través de las
comunicaciones efectuadas por los Tribunales del Fuero Ordinario en lo
Comercial de la Capital Federal. Además, dentro de un plazo de 90 días,
habilitará otro registro, denominado "Libro de Administradores
Sociales", que registrará las designaciones y cesasiones de
administradores de sociedades comerciales, asociaciones civiles y
fundaciones. 
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